Aviso legal
Aviso legal
A. Producto de inversión de alto riesgo
1. El valor de las inversiones y la rentabilidad obtenida de las mismas pueden experimentar importantes variaciones al alza y a la baja, pudiendo perderse la totalidad del importe invertido.
2. Las inversiones en proyectos en fase inicial implican un alto nivel de riesgo, por lo que es necesario comprender adecuadamente su modelo de negocio.
3. Los criptoactivos incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Circular no están cubiertos por mecanismos de protección de los clientes como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de los Inversores.
4. Los precios de los criptoactivos se constituyen en ausencia de mecanismos que aseguren su correcta formación, como los presentes en los mercados de valores regulados.
5. Muchos criptoactivos pueden carecer de la liquidez necesaria para poder deshacer una inversión sin sufrir pérdidas significativas, ya que su circulación entre inversores minoristas y profesionales puede ser muy limitada.
B. Riesgos inherentes a la tecnología
6. Las tecnologías de libro mayor distribuido se encuentran aún en una fase temprana de madurez, ya que muchas de estas redes se han creado recientemente, por lo que es posible que no estén suficientemente probadas y que existan fallos importantes en su funcionamiento y seguridad.
7. El registro de transacciones en redes basadas en tecnologías de libro mayor distribuido funciona a través de protocolos de consenso que pueden ser susceptibles de ataques que intenten modificar este registro y, si estos ataques tienen éxito, no existiría un registro alternativo que respalde estas transacciones y, por tanto, podrían perderse los saldos correspondientes a las claves públicas, así como todos los criptoactivos.
8. Las facilidades de anonimato que pueden proporcionar los criptoactivos los convierten en un objetivo para los ciberdelincuentes, ya que en caso de robo de credenciales o claves privadas pueden transferir los criptoactivos a direcciones que dificulten o imposibiliten su recuperación.
C. Riesgos jurídicos
9. La aceptación de criptoactivos como medio de intercambio es aún muy limitada y no existe obligación legal de aceptarlos.
10. Si el inversor no está en posesión de los criptoactivos mantenidos en carteras digitales de un proveedor de servicios y no tiene acceso a las claves privadas de los mismos, se indica esta situación y se asumen los derechos del inversor sobre estos criptoactivos debido a los términos y condiciones del proveedor de servicios.
Dirigido a inversores españoles.
La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido.
Es importante leer y comprender los riesgos de esta inversión que se explican detalladamente en esta ubicación".
Producto de inversión de alto riesgo
1. El valor de las inversiones y el rendimiento obtenido de las mismas puede experimentar variaciones significativas al alza y a la baja, pudiendo perderse la totalidad del importe invertido.
2. Las inversiones en proyectos en etapas tempranas suponen un alto nivel de riesgo, por lo que resulta necesario entender adecuadamente su modelo de negocio.
3. Los criptoactivos del ámbito de esta Circular no están cubiertos por mecanismos de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.
4. Los precios de los criptoactivos se constituyen en ausencia de mecanismos que aseguren su correcta formación, como los presentes en los mercados regulados de valores.
5. Muchos criptoactivos pueden verse carentes de la liquidez necesaria para poder deshacer una inversión sin sufrir pérdidas significativas, dado que su circulación entre inversores, tanto minoristas como profesionales, puede ser muy limitada.
Riesgos propios de la tecnología
6. Las tecnologías de registros distribuidos se encuentran todavía en un estadio temprano de maduración, habiendo sido muchas de estas redes creadas recientemente, por lo que pueden no estar suficientemente probadas y existir fallos significativos en su funcionamiento y seguridad.
7. El registro de las transacciones en las redes basadas en tecnologías de registros distribuidos funciona a través de protocolos de consenso que pueden ser susceptibles a ataques que intenten modificar dicho registro y, en caso de tener éxito estos ataques, no existiría un registro alternativo que respalde dichas transacciones ni por tanto a los saldos correspondientes a las claves públicas, pudiéndose perder la totalidad de los criptoactivos.
8. Las facilidades de anonimato que pueden aportar los criptoactivos los convierten en un objetivo para los ciberdelincuentes, ya que en el caso de robar credenciales o claves privadas pueden transferir los criptoactivos a direcciones que dificulten o impidan su recuperación.
Riesgos jurídicos
9. La aceptación de los criptoactivos como medio de cambio es aún muy limitada y no existe obligación legal de aceptarlos.
10. Cuando el proveedor de servicios no se encuentra localizado en un país de la Unión Europea la resolución de cualquier conflicto podría resultar costosa y quedar fuera del ámbito de competencia de las autoridades españolas.